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Los verbos regulares.
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Se denominan verbos regulares aquellos que se conjugan en forma totalmente uniforme, sin modificar su raíz, y empleando las terminaciones correspondientes, en cada modo y tiempo, a la conjugación a que pertenecen.
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En los verbos, la raíz es aquella parte de su expresión en infinitivo, que identifica la acción que el verbo enuncia; y la terminación comprende las dos letras finales: AR, ER o IR.
Se designa a la vocal de las terminaciones de los verbos en infinitivo, como vocal temática de cada conjugación, que son a A, la E y la I, porque determinan las variaciones que se operan al emplear los verbos regulares; dando lugar a la denominación de primera, segunda y tercera conjugación, respectivamente.
Como verbos regulares, su conjugación no tiene variantes entre los distintos verbos de una misma terminación, por lo cual pueden emplearse como modelo cualquiera de ellos:
Como regla general,los verbos deben considerarse regulares; por lo cual deben conocerse expresamente los verbos irregulares, así como su forma de conjugarlos.
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