Al mismo tiempo, son determinantes del sustantivo a que se refieren, por lo cual es posible incluirlos como determinante de un sustantivo que es común de diversos individuos, para precisarlo como sujeto que realiza la acción del verbo: Tu automovil es muy veloz. Eso no es posible en la forma del posesivo posnominal, en que el posesivo funciona como adjetivo indicando una cualidad del sustantivo: El automovil tuyo.
Asimismo, el empleo de un posesivo prenominal respecto de un sustantivo, seguido de otro sustantivo con posesivo posnominal, determina la individualización de ambos sustantivos en la misma persona: Tu hermano y cliente mío. En cambio, si los posesivos son prenominales en los dos sustantivos, la expresión indica que se trata de dos personas distintas: Tu hermano y mi cliente.
Duplicaciones, superposiciones, sustituciones y extensiones de los posesivos.
La condición de pronombres hace que los grupos que se forman con pronombres posesivos prenominales, sean expresiones que dan una referencia personal del titular al que se asigna la posesión que se predica. En los casos de los posesivos de primera y segunda persona, esa referencia es suficientemente precisa, en cuanto se refiere al sujeto del verbo conjugado o al sujeto al que se dirige.
Los posesivos de la tercera persona resultan ambiguos en su forma aislada, por lo que requieren ser precisados por un antecedente que indique con exactitud a quién se asigna la relación de posesión: Pedro entró en su casa.
En algunas oraciones en que es aplicable el pronombre posesivo su, puede surgir la imprecisión de interpretar si la posesión se refiere al interlocutor o a la tercera persona a que se hace referencia. En tales casos cabe una duplicación de la forma posesiva, utilizándose una forma preposicional con la preposición de: Su casa de él; su casa de usted.
En otros casos, la duplicación del posesivo está justificada por la distinta función que cumplen: Se le llenaron sus ojos de lágrimas.
En general, todos los pronombres posesivos de la tercera persona pueden alternarse, empleando en vez de los pronombres su, suyo, suya, suyos y suyas las formas pronominales de él, de ella, de usted, de ustedes: él es amigo de ustedes y mío.
También puede efectuarse una alternancia del pronombre posesivo de la primera persona del plural con el grupo preposicional formado por de y el pronombre personal: esta es una fotografía de nosotros pescando en el río.
Los pronombres posesivos tónicos asumen la función gramatical de adverbio de lugar cuando la referencia posicional es respecto de la persona: estaba parado delante mío; no vayas a decir eso delante suyo; el avión pasó por encima nuestro; los oímos porque hablaron muy cerca nuestro; venían atrás mío.
En ciertas formas de expresión aparecen situaciones en que la posesión tiene un carácter inherente, indiscutible o inalienable respecto de su referente; por lo cual es admisible sustituir el empleo del pronombre posesivo por el artículo definido.
Los sustantivos que posen esa condición de ser de posesión inherente, son los que designan partes del cuerpo, o facultades y sentidos o condiciones personales; o que en el contexto indudablemente aluden a objetos que, no siendo en sí de carácter inherente están mencionados en la oración en sentido posesivo: perdió la memoria; se mojó los pies; se le cayeron los pantalones; se bajó del auto; miró el reloj; abandonó los estudios; inclinó la cabeza; le dió la mano; le costó la vida; recobró las fuerzas.
Algunos verbos permiten utilizar el artículo con funcioón de posesivo, respecto de acciones que son apropiadas para ese tipo de sustantivos de carácter inherente o que están empleados en sentido posesivo: está allí abriendo la boca; levantó la mano; ocultaba el rostro; mostraba las piernas; cerró los ojos.
En general, en los casos mencionados se prefiere el empleo del artículo en vez del pronombre posesivo; pero ello no es adecuado en el caso de que el sustantivo está calificado por un adjetivo: mostró sus ojos irritados; levantó su puño cerrado; alisó su hermosa cabellera.